Condiciones generales de contratación de los servicios de consultoría de CF Grupo Asesores S.L.
CF Grupo Asesores S.L. es una consultora privada independiente. No somos un organismo público. No concedemos subvenciones ni ayudas directamente. Nuestro servicio consiste en el asesoramiento y la gestión de expedientes ante organismos públicos. La concesión de cualquier ayuda es competencia exclusiva del organismo convocante.
CF Grupo Asesores S.L. presta servicios de consultoría especializada en la identificación, análisis y gestión de solicitudes de financiación pública no reembolsable (subvenciones, ayudas y programas de apoyo) ante organismos europeos, nacionales y autonómicos, para particulares, empresas y autónomos con actividad o residencia en España.
El diagnóstico inicial de elegibilidad es completamente gratuito y sin compromiso. Su solicitud no implica ninguna obligación de contratación por parte del cliente. El diagnóstico tiene carácter orientativo y su resultado no garantiza el acceso a ninguna ayuda concreta.
Si el cliente decide avanzar con la gestión del expediente, se firmará un contrato de prestación de servicios que detallará:
Ningún servicio de gestión será iniciado sin la firma previa del contrato y la aceptación expresa de sus condiciones por parte del cliente.
Los honorarios de CF Grupo Asesores S.L. pueden estructurarse de las siguientes formas, según se acuerde en cada contrato:
El modelo aplicable y los importes concretos se detallan en el contrato antes de iniciar ninguna gestión. No existen costes ocultos.
CF Grupo Asesores S.L. no garantiza en ningún caso la concesión de subvenciones o ayudas. La resolución favorable depende exclusivamente de los criterios, presupuesto disponible y decisión del organismo público convocante, factores que escapan al control de la consultora.
CF Grupo Asesores S.L. se compromete a prestar sus servicios con la máxima diligencia profesional para maximizar las posibilidades de éxito del expediente, pero dicho compromiso no constituye garantía de resultado.
Para la correcta prestación del servicio, el cliente se compromete a:
Conforme a la Ley 3/2014 de consumidores y usuarios, el cliente particular dispone de un plazo de 14 días naturales desde la firma del contrato para ejercer su derecho de desistimiento, sin necesidad de justificación y sin penalización, salvo que el servicio haya sido íntegramente ejecutado durante dicho plazo con su consentimiento expreso.
Estas condiciones se rigen por la legislación española. Para cualquier controversia, las partes se someten a los Juzgados y Tribunales de Madrid, sin perjuicio del fuero que pudiera corresponder al consumidor conforme a la normativa de protección al consumidor.
Última actualización: enero de 2026